DERECHOS DE LOS TRABAJADORES el febrero 24, 2023 Obtener enlace Facebook Twitter Pinterest Correo electrónico Otras aplicaciones DERECHOS DE LOS TRABAJADORESArtículo 4. Derechos laborales1. Los trabajadores tienen como derechos básicos, con el contenido y alcance que para cada uno de los mismos disponga su específica normativa, los de:Trabajo y libre elección de profesión u oficio.Libre sindicación.Negociación colectiva.Adopción de medidas de conflicto colectivo.Huelga.Reunión.Información, consulta y participación en la empresa.2. En la relación de trabajo, los trabajadores tienen derecho:A la ocupación efectiva.A la promoción y formación profesional en el trabajo, incluida la dirigida a su adaptación a las modificaciones operadas en el puesto de trabajo, así como al desarrollo de planes y acciones formativas tendentes a favorecer su mayor empleabilidad.A no ser discriminados directa o indirectamente para el empleo, o una vez empleados, por razones de sexo, estado civil, edad dentro de los límites marcados por esta ley, origen racial o étnico, condición social, religión o convicciones, ideas políticas, orientación sexual, afiliación o no a un sindicato, así como por razón de lengua, dentro del Estado español.Tampoco podrán ser discriminados por razón de discapacidad, siempre que se hallasen en condiciones de aptitud para desempeñar el trabajo o empleo de que se trate.Al respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad, comprendida la protección frente al acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, y frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo.A la percepción puntual de la remuneración pactada o legalmente establecida.Al ejercicio individual de las acciones derivadas de su contrato de trabajo.A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo. Comentarios
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